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Formalidades que debes cumplir para ejercer como madre de día
¿Ha analizado las ventajas y desventajas esta profesión y ahora buscas cuáles son los pasos que hay que seguir para llegar a ser una madre de día?
Aquí encontrarás toda la información que necesitas para ejercer dicha profesión de manera "legal".
Solicitar información.
Existen asociaciones que reúnen a estas profesionales tanto a nivel nacional como local. Su función en casi todos los casos es la misma: ayudar a difundir la profesión madre de día, ayudar a aquellas personas que quieran ejercer la profesión con información, proyectos formativos, prácticas, etc. y orientar a los padres en la búsqueda de su madre de día.
No dudes en ponerte en contacto con ellos para cualquier duda que te pueda surgir. Una de las asociaciones más antigua y pionera es la Asociación Madres de Día ( Se encuentra en Madrid y sigue la Pedagogía Waldorf).
Declarar tu actividad como madre de día
Tienes claro que cumples con todas las garantías para ejercer esta profesión. Ahora sólo tienes que declararla antes el Estado. Para ello cuentas con varias opciones:
1. Darte de alta como autónomo. Para ello tienes que ir a Hacienda y realizar las siguientes gestiones:
- Darte de alta en el Impuesto de actividades económicas (IAE). Es una trámite gratuito que se realiza en la Agencia Tributaria. Debes rellenar el modelo 037 en donde indicarás el epígrafe en el que te vas a dar de alta. No hay nada claro en este tema, pero se recomienda el 826. Dado que se trata de una actividad educativa no hay que declarar el IVA.
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social. Tienes que aportar el modelo 037 (sellado por Hacienda), el documento de identidad y el modelo TA 521/1 cumplimentado (lo puedes hacer en ese mismo momento).
Una vez hecho esto debes saber que tendrás una serie de obligaciones:
- Trimestralmente tienes que declarar el IRPF mediante el modelo 130. Deberás cuadrar gastos e ingresos para pagar lo mínimo.
- Mensualmente tendréis que pagar la cuota de autónomos. Los menores de 30 años y los inscritos por primera vez como autónomos contarán con una serie de bonificaciones. Luego la cuota es de unos 260 euros. Se carga en cuenta el último día de cada mes.
En caso de pertenecer a una Asociación se puede vincular la actividad como profesional autónomo a esa asociación mediante un contrato mercantil (es un simple acuerdo laboral firmado por ambas partes donde se especifican las condiciones). De ese modo es la asociación la que paga a los autónomos el sueldo estipulado en el contrato mercantil y es la asociación la que hará las declaraciones trimestrales de IRPF teniendo que pagar el porcentaje correspondiente a esos sueldos.
2. Darte de alta como empleado/a del hogar:
Son las propias familias las que te contratan como empleado de hogar en la modalidad discontinua (para poder ser contratada por más de una familia). En estos casos , la cuota para cotizar es más baja. Debes acudir a una oficina de la Seguridad Social y aportar lo siguiente:
- Tus datos y fotocopia del DNI
- Datos de las familias (nombre, dirección, DNI, y número de la SS), firma del titular de cada familia y fotocopia de su DNI.
- Horas mensuales de trabajo con cada una de ellas.
Cuando alguna familia varía sólo hay que ir con la documentación de la nueva familia y hacer una variación de datos. No es necesario hacer una baja y alta nuevas cada vez.
Sólo tienes que domiciliar los pagos. Dentro de esta modalidad tienes derecho a baja médica y maternal, y de momento no da derecho a paro.